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Hoy ha entrado en vigor una nueva normativa (se publicó ayer en el Boletín Oficial del Principado de Asturias) por la que se regulan los programas de formación en higiene de los alimentos en empresas del sector alimentario.
Básicamente, los nuevos vientos liberalizadores europeos lo que hacen es eliminar todo control previo de la actividad de los manipuladores de alimentos por parte de la Administración (se suprimen tanto la autorización administrativa previa para el ejercicio de la actividad desarrollada por entidades formadoras de manipuladores de alimentos como el sistema de control y supervisión a ejercer por las autoridades sanitarias sobre los programas formativos en dicha materia impartidos por dichas entidades), para darle esta responsabilidad a las empresas donde éstos estén empleados.
Con la derogación de la norma no se reduce el rigor en materia de higiene alimentaria, sino que los responsables inmediatos de garantizarla son los titulares de las empresas del sector, lo cual se verificará a través del control oficial de la Administración, realizado mediante las correspondientes inspecciones, de que los manipuladores de dichas empresas han sido debidamente formados en las labores encomendadas.
* Decreto 117/2010, de 1 de septiembre, por el que se deroga el Decreto 8/2002, de 24 de enero, por el que se regulan los programas de formación en higiene de los alimentos en empresas del sector alimentario (BOPA de 13 de septiembre de 2010).
Esta nueva normativa deroga un norma anterior (Decreto 8/2002), para adaptar el tema de la formación en higiene de los alimentos a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (transpuesta a nuestro ordenamiento por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio). |