Con fecha 21 de julio de 2010 la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia ha acordado la apertura de un expediente sancionador contra MONTESA HONDA, S.A. y SUZUKI MOTOR ESPAÑA, S.A., por presuntas prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).
La Dirección de Investigación realizó sendas inspecciones, el pasado 17 de diciembre de 2009, en la sede de MONTESA HONDA, S.A., y el pasado 24 de marzo de 2010, en la sede de SUZUKI MOTOR ESPAÑA, S.A.
La Dirección de Investigación ha observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la LDC, consistentes en el intercambio de información comercial sensible entre ambos fabricantes de motocicletas.
Suzuki está siendo doblemente investigada, ya que diez de sus concesionarios -situados en las provincias de Madrid y Granada- también han sido expedientados por limitar la competencia dentro de la marca y perjudicar de esta forma a los consumidores. Estas prácticas se reflejan en el acuerdo de precios mínimos de reventa de motos y en fijar las comisiones que los concesionarios otorgan a sus propios agentes por las ventas que realizan.
Tras la apertura se abre un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, sin que la incoación del expediente prejuzgue la resolución final.
Hace unos días nos hacíamos eco de la denuncia de FACUA a Destinia.com por la publicidad de su campaña de devolución de dinero en caso de lluvia. Esta página web de reserva online de vacaciones prometía devolver el dinero del hotel si llueve en vacaciones, con el siguiente reclamo: "Destinia.com te devuelve el dinero del hotel si llueve en tus vacaciones", y en letra más pequeña se podía leer "consulta las condiciones".
Denuncia de FACUA La asociación de consumidores FACUA anuncia en su página web que Destinia.com ha acordado con FACUA-Consumidores en Acción la rectificación de su campaña publicitaria para garantizar la máxima transparencia sobre las condiciones de su promoción.
Así, la empresa ha sustituido el reclamo "Destinia.com te devuelve el dinero del hotel si llueve en tus vacaciones" por otro nuevo consensuado con FACUA en el que queda claro tanto el importe que reembolsará, las características de los hoteles incluidos en la promoción y la cantidad mínima de lluvia que debe producirse.
En materia de telecomunicaciones, la itinerancia (en inglés, y popularmente, roaming) es la capacidad de enviar y recibir llamadas en redes móviles fuera del área de servicio local de una compañía de móviles, es decir, dentro de la zona de servicio de otra empresa del mismo país, o bien durante una estancia en otro país diferente, con la red de una empresa extranjera.
El servicio de roaming ha hecho posible que los usuarios de telefonía móvil adquieran una completa libertad de movimiento entre las áreas de cobertura de las diferentes empresas de telecomunicaciones de varios países.
Reglamento sobre itinerancia en la UE El pasado 8 de junio de 2009 el Consejo de Ministros de los 27 Estados Miembros de la UE adoptó oficialmente las nuevas normas sobre itinerancia en la UE propuestas por la Comisión Europea el pasado mes de septiembre 2008 y aprobadas por el Parlamento Europeo en abril de 2009* (646 votos a favor frente a 22 noes y 9 abstenciones).
Estas nuevas normas, en vigor desde el 1 de julio de 2009, suponen reducciones en las facturas telefónicas de móviles en itinerancia (ciudadanos europeos fuera de sus países), de tres tipos que los operadores de telefonía móvil (Movistar, Vodafone, Orange, Yoigo y OMVs) deberán asegurar: llamadas, SMS y datos.
Desde el 1 de julio de 2010 estas tarifas han vuelto a bajar (sus límites máximos).
El pasado jueves 15 de julio la Agència Catalana del Consum ha presentado los resultados de una campaña de inspección en 931 establecimientos de productos frescos (carne, pescado, frutas y verduras) en toda Cataluña, a lo largo de los últimos meses.
El 60 % de las tiendas inspeccionadas, 553, incumplía aspectos básicos sobre etiquetado de los alimentos.
Establecimientos más incumplidores Un 80 % de los mercados municipales catalanes incumplía sus deberes de etiquetado frente a las tiendas detallistas, que con un 48%, son más cumplidoras de sus deberes frente a los consumidores.
Productos con menos información Los productos que menos información exhiben, en contra de lo que marca la ley, son:
La fruta y las hortalizas (70% de las piezas inspeccionadas informa mal);
La carne de bovino fresca y envasada (46% de las piezas inspeccionadas no informan bien);
El 36% de les especies de pescado fresco inspeccionadas incumplía el etiquetado.
Consumoteca.com y los contenidos de esta página son meramente informativos,
limitados al ámbito del Estado español y no constituyen asesoramiento jurídico frente a un problema de consumo.
Recomendamos recurrir a las instituciones de defensa de los consumidores para solucionar problemas concretos.