Las hojas de reclamaciones son impresos oficiales emitidos por las Comunidades Autónomas y estandarizados, que determinados establecimientos abiertos al público deben tener a disposición de los consumidores y usuarios, para que éstos puedan hacer constar las incidencias o conflictos ocurridos en la adquisición de un producto o en la prestación de un servicio.
Si alguna vez has solicitado una hoja de reclamaciones o si aún no lo has hecho, te resumimos en diez puntos los errores más comunes en los que caemos los consumidores al respecto de las hojas de reclamaciones.
1.-No está el encargado, yo no estoy autorizado a darle una hoja de reclamaciones:
Esta es la excusa clásica que se nos dirá cuando solicitemos una hoja de reclamaciones. La normativa autonómica no hace distinciones, la persona encargada, sea empleado o el dueño, debe facilitarnos la hoja de reclamaciones.
Este derecho se refuerza con la existencia de un “Cartel informativo” de la tenencia de las hojas a disposición del consumidor. Por tanto si se anuncia que se tienen a nuestra disposición, da igual quién esté a cargo del comercio en ese momento. Nos la tienen que dar. Si no, se incurre en infracción administrativa.
El blog del Consumo de la Dirección de Consumo del Gobierno Vasco informa de que el programa "Kontsumoa Eskoletan" incluye un taller para los centros escolares de Educación Primaria y primer ciclo de Educación Secundaria que enseña a los niños de este nivel educativo a conocer sus derechos y deberes como personas consumidoras y usuarias de servicios, así como los recursos existentes para la eficaz defensa de dichos derechos.
Este taller se desarrolla de acuerdo al siguiente esquema:
Delimitación de conceptos: consumidor/a, usuario/a, derecho, deber...
Simulaciones de compraventa e identificación de derechos incumplidos en las mismas
Se trata de una acción en colaboración con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), quien aporta los fondos para la eficiencia energética en el sector equipamiento doméstico.
El objetivo es reducir el consumo de energía eléctrica en el sector doméstico, mediante la sustitución de electrodomésticos (frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y hornos) usados por equipos nuevos con etiquetado energético de clase A o superior. El Plan también incluirá la sustitución de encimeras eléctricas convencionales o vitrocerámicas por encimeras de inducción o encimeras de gas.
Serán subvencionables los electrodomésticos que se relacionan a continuación. Todos ellos deberán tener un nivel de eficiencia energética superior a aquellos a los que sustituyen.
En agosto de 2010 ha entrado en vigor en Galicia el Decreto 124/2010*, que regula las menciones relativas al origen o procedencia gallega en el etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimentarios.
Estas menciones de origen o procedencia (producto de Galicia, producto gallego, gallego, etc.) son facultativas, es decir, adicionales a las principales, no pueden ir nunca más destacadas o en caracteres de mayor tamaño que la denominación de venta del productoen su etiquetado, presentación y publicidad, y quedan restringidas a los alimentos producidos en Galicia.
Detrás de estas exigencias está la prohibición legal de que las menciones utilizadas en el etiquetado de un producto o su presentación sean de tal naturaleza que puedan inducir a error al comprador, especialmente, entre otras, en relación con el origen o procedencia del producto.
Consumoteca.com y los contenidos de esta página son meramente informativos,
limitados al ámbito del Estado español y no constituyen asesoramiento jurídico frente a un problema de consumo.
Recomendamos recurrir a las instituciones de defensa de los consumidores para solucionar problemas concretos.