Este sábado ha entrado en vigor en el País Vasco una importante Ley* que modifica la normativa de los consumidores de 2003 en todo lo relativo al deber de etiquetar en euskera sus productos y servicios o de dirigirse a sus clientes en esa lengua por parte de los comerciantes, bajo amenaza de ser sancionados de no ser así.
El Parlamento Vasco, en su sesión plenaria de 10 de junio de 2010 instó al Gobierno Vasco a establecer una moratoria de un año en la aplicación de estas sanciones a empresas y comercios optando más por la supresión de los mecanismos sancionadores que por implantar medidas coercitivas y sancionadoras a los que no usaran el euskera.
El pasado jueves se ha publicado en el boletín oficial de Extremadura (DOE) un Decreto* por el que se crea y regula la composición y funcionamiento del Consejo de consumidores de esa comunidad autónoma.
Se trata de un nuevo Consejo que sustituye al Consejo Extremeño de Consumidores y Usuarios creado en 1989 (Decreto 45/1989, de 23 de mayo) para adaptarse al Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Desde el 7 de febrero de 2012ya se puede renovar un electrodoméstico ineficiente de gama blanca o el aparato de aire acondicionado por otro de clase energética A o superior en Andalucía. Este año 2012, el importe de las ayudas de la Agencia Andaluza de la Energía oscila entre 85 y 400 euros, según el tipo de aparato, con el tope del 25% del precio siempre que no supere el importe máximo del descuento).
Leemos en Europa Press, que el Tribunal Supremo (TS) acaba de dictar una Sentencia interesante en la que rechaza equiparar conducir en estado de embriaguez con conducir con mala fe.
Este matiz es importante porque ha evitado a un joven condenado por homicidio imprudente al causar un choque con tres fallecidos, por conducir ebrio, tener que pagar a su aseguradora las indemnizaciones a los familiares de los fallecidos.
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