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Hoy viernes 14 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 496/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería (elaborados en España).
Esta norma viene a actualizar las definiciones que de la bollería, la pastelería, la confitería y la repostería se hacía en diversas secciones del Código Alimentario Español* y en el Real Decreto 2419/1978, de 19 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de productos de confitería-pastelería, bollería y repostería (que queda derogado).
En concreto, la nueva norma tiene en cuenta las preocupaciones de los consumidores por la compra de productos que se ajusten a las recomendaciones científicas nutricionales (se pasa a permitir la elaboración de productos cuya composición pueda reformularse, permitiendo el cambio de ciertos ingredientes, tales como grasas por aceites y eliminación de azúcares y sal) y los avances tecnológicos en la industria, tanto en el proceso de elaboración de los productos de confitería, pastelería, bollería y repostería, como en las formas de comercio para la venta. |