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Jan
03
Facua anima a los usuarios a denunciar a quienes incumplan la ley del tabaco
  Por Redacción  |    233 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook
Tabaco y tabaquismo

La asociación de consumidores Facua ha creado una formulario web de recogida de denuncias de particulares por irregularidades a las autoridades sanitarias para que realicen las pertinentes inspecciones.

La novedad más destacable que incorpora la modificacion de la Ley del tabaco es la prohibición de fumar en todos los establecimientos de hostelería.

Facua hace un llamamiento a los responsables de estos locales que asuman y hagan cumplir la norma al tiempo que pide a los fumadores comprensión con las nuevas restricciones establecidas en la Ley ya que su objetivo es proteger los derechos de los no fumadores.

Además Facua reclama a las autoridades sanitarias que intensifiquen las inspecciones para garantizar el cumplimiento de la Ley y apliquen las sanciones previstas en la misma a las empresas, organismos o particulares que la vulneren.


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Dec
31
Adiós al fumar en los sitios públicos
  Por Redacción  |    192 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook
Tabaco y tabaquismo

Hoy 31 de diciembre se ha publicado en el BOE la Ley 42/2010 que modifica la anterior Ley del tabaco de 2005*.

Como adelantábamos hace unos días, la nueva ley del tabaco prohibe fumar en todos los espacios públicos cerrados, incluidos los restaurantes, bares y discotecas que hace unos meses se vieron obligados a habilitar y costear de sus bolsillos un espacio especial aislado para fumadores.

El criterio pasa a ser ahora el de la exclusión, es decir, que el consumo de productos del tabaco deberá hacerse exclusivamente en aquellos lugares o espacios en los que no esté prohibido.

Esta Ley tiene un artículo único por el que modifica la Ley anterior** que pasa a decir que queda prohibido fumar en "espacios de uso público: lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada. En cualquier caso, se consideran espacios de uso público los vehículos de transporte público o colectivo.

A efectos de esta Ley, en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.”


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Dec
26
Ya no se va a poder fumar en lugares públicos cerrados
  Por Redacción  |    468 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook
Los productos del tabaco incluyen cigarrillos, cigarros, puros y habanos

El Congreso de los Diputados ha aprobado la nueva ley del tabaco que entrará en vigor el domingo 2 de enero de 2011.

La nueva ley del tabaco prohibe fumar en todos los espacios públicos cerrados, incluidos los restaurantes, bares y discotecas que hace unos meses se vieron obligados a habilitar y costear de sus bolsillos un espacio especial aislado para fumadores. Por espacio público se entiende "todo lugar accesible al público o de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada y los transportes públicos o colectivos".

Además, la nueva ley del tabaco prohibe también furmar en espacios al aire libre sensibles como los parques y lugares de ocio infantil, colegios y recintos hospitalarios.

Informa FACUA de que tampoco se concederán beneficios fiscales a los empresarios que hicieron obras en sus locales para adaptarse a la ley de 2005.

Dónde se podrá fumar
Se podrá fumar en los hoteles, en las habitaciones habilitadas para ello
(que no podrán superar el 30 por ciento del total de habitaciones). Estas habitaciones deberán ser fijas y estar separadas del resto y estar señalizadas con carteles. Los trabajadores no podrán acceder a ellas "mientras se encuentre un cliente en su interior, salvo caso de emergencia".

También se permitirá fumar en espacios al aire libre de universidades y centros "exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes".

Además, podrán fumar a los presos, pacientes de psiquiátricos de media y larga estancia e internos de residencias de mayores o discapacitados en zonas exteriores o en salas cerradas habilitadas, señalizadas y con ventilación independiente.

Se podrán crear "clubes privados de fumadores", que deben tener personalidad jurídica, carecer de ánimo de lucro y no incluir entre sus actividades u objeto social la comercialización o compra-venta de tabaco, y a los que no podrán acceder los menores.

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La ley prohíbe a los medios de comunicación, incluido Internet, emitir imágenes de presentadores, colaboradores o invitados fumando y "mencionar o mostrar, directa o indirectamente, marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos asociados a productos del tabaco". Se respetarán las imágenes de fumadores de las películas.


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