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Feb
18
El BBVA condenado a devolver a los alumnos de la academia Oxford sus cuotas por la formación no disfrutada
  Por Redacción  |    213 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook
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Uno de los consejos antes de contratar un curso de formación presencial u online, es, en caso de financiar el curso a plazos, ser consciente de que lo harás con una entidad financiera que nada tiene que ver con la academia de formación. Con esta financiera firmaremos un contrato de préstamo personal y quedaremos vinculados a ella con independencia de que sigamos o abandonemos la formación más adelante (o la academia cese su actividad). En este caso, conviene pactar que la interrupción del curso por causa no imputable al alumno (a ti), dará fin a la obligación de continuar pagando la formación.

Es lo que pasó con la academía de inglés Oxford que cerró en diciembre de 2002 y enero de 2003 dejando tirados a miles de alumnos de Madrid, Barcelona y Valencia (45.000) y comprometidos al pago de los plazos restantes a BBVA Finanzia.

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Jul
21
Baleares regula los derechos de los usuarios de cursos de formación sin titulación oficial
  Por Redacción  |    152 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook
Alumna de formación no reglada

La formación está de moda, y gracias a Internet, cada vez es más fácil acceder a un curso de especialista en la materia que nos gusta o a una formación para poder optar a un puesto de trabajo (generalmente, de funcionario público). En tiempos de paro económico es bueno replantearse nuestra formación y mejorar algún conocimiento (idiomas, preparación de oposiciones, informática, etc.).

Sin embargo, el principal problema de la formación no reglada es que la gente cree que le ayudará a conseguir una mejor cualificación y por ende un trabajo. La realidad es que al completar el curso obtienes un título sin valor académico, aunque obtienes conocimiento y formación que puedes acreditar ante un tercero, y que se valora en función del prestigio de la academia y profesorado que lo imparten.

El pasado 3 de julio se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Decreto 87/2010*, que tiene por objeto regular el derecho de información de los alumnos (derecho irrenunciable) de los centros docentes que imparten enseñanzas que no conducen a la obtención de un título con validez académica oficial, así como de las academias o centros docentes no autorizados por la Consejería de Educación y Cultura (formación no reglada).


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