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Aug
08
Aprobada la lista de trabajos de profesionales sometidos a visado colegial obligatorio
  Por Redacción  |    376 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook
Planos de una edificación

Un colegio profesional o colegio oficial es una corporación de derecho público integrada por quienes ejercen profesiones liberales. Los miembros asociados a un Colegio profesional son conocidos como colegiados. Cuando se dedican a actividades manuales o artesanas se emplea el nombre tradicional de gremio.

El 6 de agosto de 2010 se ha publicado en el BOE, el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, que enumera una serie de trabajos en los que el visado colegial pasa a ser obligatorio, rompiendo la voluntariedad que siempre había existido (salvo cuando hubiera causalidad entre el trabajo profesional y la seguridad de las personas, especialmente en trabajos sobre edificación).

Los visados profesionales se remontan al año 1931 en que se instituyeron por primera vez como instrumento de control de los Colegios profesionales sobre determinadas obras de sus profesionales colegiados.

En la práctica, muchas veces el visado del colegio se había convertido en un motivo más para sacar dinero a los consumidores de a pie, generalmente en proyectos de edificación (cuando nos hacemos una casita con los ahorros de la vida), pero ahora y a partir del 1 de octubre de 2010 será obligatorio el visado en una serie de trabajos profesionales.

Sin embargo, hay cosas que llaman la atención de la nueva normativa.


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