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En materia de telecomunicaciones, la itinerancia (en inglés, y popularmente, roaming) es la capacidad de enviar y recibir llamadas en redes móviles fuera del área de servicio local de una compañía de móviles, es decir, dentro de la zona de servicio de otra empresa del mismo país, o bien durante una estancia en otro país diferente, con la red de una empresa extranjera.
El servicio de roaming ha hecho posible que los usuarios de telefonía móvil adquieran una completa libertad de movimiento entre las áreas de cobertura de las diferentes empresas de telecomunicaciones de varios países.
Reglamento sobre itinerancia en la UE El pasado 8 de junio de 2009 el Consejo de Ministros de los 27 Estados Miembros de la UE adoptó oficialmente las nuevas normas sobre itinerancia en la UE propuestas por la Comisión Europea el pasado mes de septiembre 2008 y aprobadas por el Parlamento Europeo en abril de 2009* (646 votos a favor frente a 22 noes y 9 abstenciones).
Estas nuevas normas, en vigor desde el 1 de julio de 2009, suponen reducciones en las facturas telefónicas de móviles en itinerancia (ciudadanos europeos fuera de sus países), de tres tipos que los operadores de telefonía móvil (Movistar, Vodafone, Orange, Yoigo y OMVs) deberán asegurar: llamadas, SMS y datos.
Desde el 1 de julio de 2010 estas tarifas han vuelto a bajar (sus límites máximos). |