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El pasado viernes 30 de julio de 2010 se publicaban en el Boletín Oficial de Canarias una norma interesante que regula los restaurante y cafeterías en las Islas Canarias* (actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla), en vigor desde agosto de 2010.
Lo más importante de esta norma es:
suprimen las categorías en las que se clasificaban hasta su aprobación los restaurantes y cafeterías (tazas) por entender que no son un indicativo fiable de su calidad.
hace hincapié, en una serie de exigencias sobre requisitos mínimos de ahorro energético y de consumo de agua que deben cumplir los restaurantes y cafeterías canarios,
elimina el requisito del sellado de precios por parte de la Administración, siendo solamente obligatorio dar publicidad a los mismos, como mejor garantía de los usuarios turísticos.
los restaurantes y cafeterías canarios están obligados por ley a disponer de carta de platos y carta de bebidas, no pudiendo cobrar por ningún concepto que no figure en ellas de manera clara.
también está obligados a disponer de Hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios, ajustadas al modelo oficial regulado en la normativa turística canaria.
Te resumimos lo más relevante de la nueva normativa canaria. |