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ene
08
Se aprueban subvenciones para comprar vehículos híbridos y motos eléctricas en Extremadura
  Por Juan del Real  |    1806 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook
Coches eléctricos e híbridos

Extremadura está activa últimamente en temas de ayuda a la compra de vehículos con bajas emisiones. En octubre de 2010 hablamos del Plan E y ahora de vehículos híbridos.

El boletín oficial de Extremadura (DOE) publicó el miércoles 5 de enero el Decreto 227/2010* sobre subvenciones para la adquisición de vehículos híbridos con emisiones de CO2 bajas, que según el tipo de vehículo pueden ascender a 3.000 euros.

Se trata de un Decreto que modifica uno anterior de 2009, en el que se fijaban las bases para subvencionar la compra de coches con tecnología híbrida (combinación de motores de explosión con otros como, por ejemplo, el eléctrico) algo más caros que los de motorización tradicional, pasando ahora a incluir motos eléctricas y vehículos a gas, que habían quedado fuera en la norma de 2009.

Qué cubren las ayudas y su importe
Las ayudas son para comprar:

 Coches o motos nuevas, ya sean turismos o comerciales de menos de 3.500 kg de MMA:

-de propulsión híbrida mediante baterías y que emitan unas emisiones inferiores a 130 g CO2/km. El importe máximo de la ayuda por automóvil será de 3.000 euros.

-de propulsión a gas natural o gases licuados del petróleo y que tengan unas emisiones inferiores a 170 g de CO2/km. El importe máximo de la ayuda por automóvil será de 2.000,00 euros.

 Motocicletas eléctricas nuevas, que dispongan de una potencia mínima de 10 kW, con capacidad de tracción eléctrica 100% y que sea necesaria su matriculación como turismo. El importe máximo de la ayuda por motocicleta será de 750,00 euros.

La fecha de compra y matriculación de estos vehículos debe ser igual o posterior a la entrada en vigor de la convocatoria correspondiente e igual o anterior a la fecha establecida para el cierre de la misma. Ambas fechas se determinarán en la orden de convocatoria correspondiente (normativa por aprobar).

 La transformación de vehículos turismos a GLP y que tengan unas emisiones inferiores a 150 g CO2/km funcionando a GLP. El importe máximo de la ayuda será de 450,00 euros por vehículo transformado.

Los importes máximos indicados no podrán superar el 15% del precio de mercado del vehículo (PVP si la adquisición la realiza un particular y sin incluir el IVA cuando el adquiriente sea una empresa).

Qué no se subvenciona
No se considerarán subvencionables:

 Los vehículos adquiridos por renting, leasing u otro tipo de arrendamiento financiero.

 Los vehículos usados, de ocasión o de segunda mano.

 Los vehículos en los que una parte del precio abonado por el adquirente consista en la entrega de un vehículo.

Origen de estas ayudas
Detrás de estas ayudas autonómicas está el Instituto para la Diversificación y el Ahorro Energético (IDAE), que dentro del Plan de Acción 2008-2012 (PAE4+) de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España, tiene la misión de gestionar este tipo de convenios.

* Decreto 227/2010, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 75/2009, de 3 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos híbridos y primera convocatoria (DOE de 5 de enero de 2011).


etiquetas: Plan 2000E, Ministerio de Industria, Coche, Coche nuevo, Coche de ocasión, Taller de coches,
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